DGI establece nuevas obligaciones de información para plataformas digitales que intermedian alquileres

La Dirección General Impositiva (DGI) publicó la Resolución N.º 1518/2026, mediante la cual establece un nuevo régimen de información para las plataformas digitales que intermedian en el arrendamiento de bienes inmuebles ubicados en Uruguay. La medida busca fortalecer los mecanismos de control fiscal sobre las operaciones realizadas a través de plataformas digitales y mejorar la […]
Publicado el: 09/07/2026

La Dirección General Impositiva (DGI) publicó la Resolución N.º 1518/2026, mediante la cual establece un nuevo régimen de información para las plataformas digitales que intermedian en el arrendamiento de bienes inmuebles ubicados en Uruguay.

La medida busca fortalecer los mecanismos de control fiscal sobre las operaciones realizadas a través de plataformas digitales y mejorar la disponibilidad de información para la Administración Tributaria.

¿Quiénes están alcanzados?

La resolución alcanza a las plataformas digitales que intermedian en el arrendamiento de inmuebles situados en Uruguay, independientemente de la modalidad de alquiler (temporario o permanente), siempre que actúen como intermediarias entre propietarios y usuarios.

Estas plataformas deberán proporcionar periódicamente información a la DGI sobre las operaciones realizadas a través de sus sistemas.

¿Qué información deberán informar?

Las plataformas deberán presentar, respecto de cada operación de arrendamiento de bienes inmuebles ubicada dentro del territorio nacional, información que permita identificar la operación y a las partes involucradas.

Entre otros datos, deberán informar:

  • La identificación del propietario o prestador del inmueble.
  • La identificación del arrendatario cuando corresponda.
  • Los datos del inmueble.
  • El importe de las operaciones realizadas.
  • La información correspondiente a los pagos procesados.

Asimismo, la DGI podrá requerir aclaraciones o ampliaciones cuando detecte inconsistencias en la información presentada.

¿Cómo se presenta la información?

La información deberá presentarse exclusivamente mediante los servicios electrónicos habilitados por la DGI, respetando las especificaciones técnicas y procedimientos que el organismo establezca para estos efectos.

¿Cuáles son los vencimientos?

La resolución establece una presentación trimestral, de acuerdo con el siguiente calendario:

Trimestre informado   Vencimiento
Enero – Marzo                              Julio
Abril – Junio           Julio
Julio – Setiembre       Octubre
Octubre – Diciembre          Enero

Además, se prevén disposiciones transitorias para el ejercicio 2026:

  • Primer semestre de 2026 (enero a junio): la información deberá presentarse durante octubre de 2026.
  • Segundo semestre de 2026 (julio a diciembre): la presentación deberá realizarse durante febrero de 2027.

¿Desde cuándo rige la resolución?

La Resolución DGI N.º 1518/2026 comenzó a regir el 1.º de julio de 2026.

¿Qué implica esta nueva obligación?

Esta normativa representa un nuevo paso en el fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización de la economía digital en Uruguay. A través de este régimen de información, la DGI contará con mayores herramientas para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias vinculadas a los alquileres gestionados mediante plataformas digitales.

Las empresas alcanzadas deberán revisar sus procesos internos para asegurar que cuentan con la información requerida y que pueden cumplir con los plazos establecidos por la normativa.

Desde RICA Consultores acompañamos a empresas e inversores en el análisis tributario y cumplimiento de sus obligaciones en Uruguay.

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